Programa Becas Segunda Oportunidad 26-27

Les informamos que hoy se ha publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Extracto de la Orden 1646/2026, de 27 de abril, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2026/2027.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 18 de junio hasta el 8 de julio, ambos incluidos.

La presentación se realizará preferentemente de forma telemática, sin perjuicio de poder presentarla también de forma presencial.

El impreso de solicitud para su presentación presencial se puede conseguir en las oficinas de asistencia en materia de registro y en las Direcciones de Área Territorial (se adjunta a la presente comunicación).

De forma telemática, se podrá realizar a través de este enlace: Becas segunda oportunidad 2026-2027 | Comunidad de Madrid

La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por el alumno y, en su caso, por los progenitores o los tutores del alumno y todos aquellos miembros de la unidad familiar, mayores de edad, que figuren en ella.

Debe ir acompañada necesariamente del: Pasaporte en vigor (si no dispone de NIE), certificado expedido por el Registro Civil acreditativo de la filiación del alumno solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar con sus fechas de nacimiento, o documento oficial equivalente o libro de familia, en caso de hermanos no nacidos, certificado médico con la fecha probable del parto, certificado expedido por el centro docente en el que se solicita la reserva de plaza o matrícula (Anexo I_CERTIFICADO DE MATRICULACIÓN, COSTE DEL CURSO Y COMPROMISO DE COLABORACIÓN, BECA PARA EL ESTUDIO DE PROGRAMAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD CURSO 2026/2027_Modelo 1965FO2) y toda la documentación requerida en función de las circunstancias familiares.

Asimismo, en la solicitud deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico.

También hay que tener en cuenta que, en el caso de que se opongan expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en las normas que regulan esta convocatoria.

Por último, señalar que es importante marcar expresamente en el formulario la casilla de autorización de consulta a la Información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2024. Si no se autoriza expresamente este cruce de datos, se deberá adjuntar certificado de IRPF del ejercicio 2024 expedido por la AEAT, no siendo válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.

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